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Franquicia SENCE 2027: tope de 0,7%, copago por tramo y qué cambia para empresas y OTEC

Franquicia SENCE 2027: el tope baja de 1% a 0,7% de la planilla y se aplica copago por tramo de renta

Actualizado: octubre de 2026.

La franquicia tributaria SENCE no desaparece, pero cambia de forma importante. La Ley de Reconstrucción Nacional (Boletín 18.216-05), ya despachada por el Congreso, rebaja el tope que las empresas pueden descontar de impuestos por capacitación y obliga a cofinanciar cada curso según la renta del trabajador. Si tu empresa está planificando su capacitación 2027, o si diriges un OTEC, estas son las cifras que tienes que mirar.

Un punto de partida: el Congreso despachó la ley a fines de julio de 2026 y, al momento de escribir este artículo, está pendiente su promulgación y publicación en el Diario Oficial, que se espera para octubre. Los cambios a la franquicia rigen desde el primer día del mes siguiente a esa publicación. Lo que explico aquí es lo que va a ocurrir cuando la ley entre en vigencia, según el texto aprobado. Actualizaré este artículo cuando se publique y SENCE emita sus instrucciones.

La reforma en 30 segundos

  • El tope anual baja de 1% a 0,7% de la planilla de remuneraciones imponibles para las empresas con planilla sobre 900 UTM.
  • Se termina el 100% de cobertura: la franquicia cubrirá como máximo el 80% para trabajadores con renta de hasta 25 UTM, el 50% entre 25 y 50 UTM y el 15% sobre 50 UTM.
  • La empresa paga la diferencia y no puede traspasarla al trabajador.
  • Dejan de ser franquiciables las actividades predominantemente recreativas y los cursos de autoinstrucción sin intervención efectiva de un relator.
  • Los OTIC tendrán un límite de 10% para gastos de administración.
  • El Estado aportará $10.000 millones anuales adicionales al sistema de capacitación en 2027, 2028 y 2029, y habrá una evaluación externa a los tres años.

Qué cambia: antes y después

ElementoHoyCon la reforma
Tope anual (planilla sobre 900 UTM)1% de la planilla0,7% de la planilla
Trabajador con renta de hasta 25 UTM100% del valor hora SENCEHasta 80%
Renta sobre 25 y hasta 50 UTM50%Hasta 50%
Renta sobre 50 UTM15%Hasta 15%
Diferencia no cubiertaSin copago en el tramo de hasta 25 UTMCopago obligatorio de la empresa, no traspasable al trabajador
Cursos de autoinstrucción sin relatorPermitidos según las reglas vigentes de SENCEExcluidos de la franquicia

1. El tope anual baja de 1% a 0,7%

Hoy, una empresa con planilla anual de remuneraciones imponibles sobre 900 UTM puede descontar hasta el 1% de esa planilla. Las empresas más pequeñas tienen topes fijos: hasta 7 UTM si su planilla está entre 35 y 45 UTM, y hasta 9 UTM si está entre 45 y 900 UTM.

La reforma reduce el tope de las empresas grandes a 0,7%. Durante la tramitación se discutió bajarlo a 0,5%, pero el acuerdo final en el Senado lo fijó en 0,7%. Los topes fijos de 7 y 9 UTM no aparecen entre los cambios informados durante la tramitación; habrá que confirmarlo en el texto publicado.

Ejemplo

Una empresa con una planilla anual de remuneraciones imponibles de $2.000 millones hoy puede imputar hasta $20 millones a la franquicia. Con la reforma, su tope será de $14 millones: $6 millones menos de capacitación financiada con impuestos cada año.

El impacto no es solo el monto. La capacitación deja de ser «gratis vía franquicia» y pasa a ser una inversión que la empresa cofinancia, y eso cambia la forma en que se decide qué cursos comprar.

2. Copago obligatorio según la renta del trabajador

Hoy la franquicia cubre el 100% del valor hora SENCE cuando el trabajador gana hasta 25 UTM, el 50% entre 25 y 50 UTM y el 15% sobre 50 UTM. En la práctica, capacitar a trabajadores del tramo de menor renta no le costaba nada a la empresa si el curso se ajustaba al valor hora.

Con la reforma, el monto imputable no podrá superar el 80%, 50% y 15% de los gastos de capacitación respectivos, aplicados sobre el valor hora por participante. La empresa financia directamente la diferencia, y la ley prohíbe traspasarla, directa o indirectamente, al trabajador.

Ejemplo práctico

Supongamos un curso de 16 horas cuyo costo franquiciable por participante es de $160.000. Es un ejemplo ilustrativo: el valor real depende del valor hora SENCE vigente y del tipo de curso.

Renta del trabajadorHoy: franquicia / copagoCon la reforma: franquicia / copago
Hasta 25 UTM$160.000 / $0$128.000 / $32.000
Sobre 25 y hasta 50 UTM$80.000 / $80.000$80.000 / $80.000
Sobre 50 UTM$24.000 / $136.000$24.000 / $136.000

El cambio de fondo está en el primer tramo. Los cursos para operarios, administrativos y trabajadores de menores rentas, que hoy no tienen costo para la empresa, pasan a tener un copago de al menos 20%. Para muchas empresas, ese es el cambio que más va a mover el presupuesto 2027.

3. Qué cursos dejan de ser franquiciables

El texto aprobado restringe el beneficio para dos tipos de actividades:

  • Actividades predominantemente recreativas, sin desarrollo de competencias laborales verificables.
  • Cursos en modalidad exclusiva de autoinstrucción, sin intervención efectiva de un relator.

El segundo punto es el que más va a sentir el mercado. Muchos programas e-learning asincrónicos funcionan hoy como contenido que el participante recorre solo, con evaluación automática. Si el curso no demuestra la participación real de un relator o tutor —retroalimentación, sesiones, seguimiento, corrección de actividades—, quedará fuera de la franquicia.

Mi lectura como consultor: el e-learning no desaparece, pero se acaba el e-learning «de trámite». Un curso asincrónico con tutoría documentada, foros moderados, actividades corregidas por el relator y evidencias de aprendizaje sigue teniendo espacio. La clave va a estar en poder demostrarlo.

4. Otros cambios: OTIC, aporte fiscal y evaluación

  • OTIC: límite de 10% para gastos de administración.
  • Aporte fiscal adicional de $10.000 millones anuales para fortalecer el sistema de capacitación durante 2027, 2028 y 2029.
  • Evaluación externa: a los tres años de vigencia, una entidad externa evaluará el impacto del sistema reformado, con foco en empleabilidad y productividad.

Este último punto importa más de lo que parece: la franquicia queda en observación. Los OTEC que puedan mostrar resultados medibles —aprobación, competencias adquiridas, empleabilidad— van a estar mejor parados en cualquier escenario.

Qué debe hacer tu empresa para planificar 2027

  1. Recalcula tu tope. Si tu planilla supera las 900 UTM, multiplícala por 0,7% en lugar de 1%.
  2. Separa tu dotación por tramo de renta (hasta 25, entre 25 y 50, y sobre 50 UTM) y estima el copago de cada curso.
  3. Revisa tus cursos e-learning y confirma que tengan un relator o tutor con intervención efectiva y documentada.
  4. Prioriza capacitación con competencias verificables: evaluación, certificación y resultados que puedas mostrar.
  5. Reserva presupuesto propio. El copago no se puede descontar del sueldo ni cobrar al trabajador.
  6. Si trabajas con un OTIC, pregunta cómo ajustará sus costos de administración al nuevo límite.

Qué deben hacer los OTEC

Para los OTEC, la reforma no es solo un cambio de tarifa: cambia la forma de vender.

  • Rediseña tus cursos e-learning. Incorpora tutoría real, sesiones sincrónicas o retroalimentación del relator, y deja evidencia de esa intervención.
  • Vende competencias, no horas. Si el cliente va a copagar, va a exigir resultados. Evaluaciones, certificación y reportes de aprendizaje pasan a ser parte de la propuesta.
  • Ordena tu sistema de gestión NCh 2728. Con más control y una evaluación externa en camino, la trazabilidad y la evidencia de cada curso valen más que nunca. Te dejo la guía de los documentos obligatorios de la NCh 2728.
  • Revisa tu estrategia comercial. Los cursos para mandos medios y ejecutivos tendrán poca cobertura, mientras que los de trabajadores de menores rentas seguirán siendo los más financiados.

Si estás creando un OTEC, conviene diseñar tu oferta desde el inicio con estas reglas. Y si ya operas, revisa también los requisitos SENCE y el RUDO.

Lo que todavía falta confirmar

  • La fecha exacta de publicación en el Diario Oficial, de la que depende el inicio de la vigencia.
  • El texto final publicado, en particular cómo se aplican los porcentajes entre el valor hora y el costo real del curso.
  • Las instrucciones y manuales que emitirá SENCE, incluidos los valores hora 2027 y el criterio para definir qué es una «intervención efectiva de un relator».

Voy a actualizar este artículo apenas se publique la ley y SENCE emita sus instrucciones.

Preguntas frecuentes

¿Se elimina la franquicia SENCE?

No. El proyecto original del Gobierno la eliminaba, pero esa propuesta fue rechazada en la Cámara de Diputados. La ley aprobada la mantiene, con un tope menor y copago obligatorio.

¿Desde cuándo rigen los cambios?

Desde el primer día del mes siguiente a la publicación de la ley en el Diario Oficial. Como la promulgación se espera para octubre de 2026, el impacto real se verá en la planificación y ejecución de la capacitación de 2027.

¿Puedo cobrarle el copago al trabajador?

No. La ley prohíbe expresamente traspasar la diferencia, directa o indirectamente, al trabajador participante.

¿Mi curso e-learning seguirá siendo franquiciable?

Sí, si cuenta con intervención efectiva de un relator. Quedan fuera los cursos de autoinstrucción exclusiva. Habrá que esperar los criterios de SENCE para saber exactamente qué evidencia se exigirá.

¿Cambia algo para las pymes?

La rebaja del tope a 0,7% se concentra en las empresas con planilla sobre 900 UTM. El copago por tramo de renta, en cambio, aplica a todas las empresas que usan la franquicia. Conviene confirmar en el texto publicado si se mantienen los topes fijos de 7 y 9 UTM.

Sobre el autor

Rodrigo Ugarte Díaz — Consultor en sistemas de gestión y auditor líder, especialista en NCh 2728 y en la creación, mantención y auditoría de OTEC en Chile. Fundador de OTEC Solutions, AB Certifies Solutions y eCertify Academy.

Fuentes

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